BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO
“CORTOZ”
1- General Motors de Argentina S.R.L (el “Organizador”), con domicilio en Av. Del Libertador 101, piso 13°, Vicente López, Provincia de Buenos Aires, realiza este concurso bajo la denominación “CORTOZ” (en adelante, el “Concurso”). El Concurso tendrá vigencia desde 30 de noviembre de 2021 al 12 de diciembre de 2021 inclusive, bajo los términos de las presentes Bases y Condiciones, en todo el ámbito geográfico de la República Argentina. Estará destinado a personas físicas mayores de 18 años que tengan domicilio permanente y residencia en el territorio de la República Argentina que: 1) sean seguidores del sitio www.instagram.com/chevroletarg, 2) que tengan un perfil público en la plataforma Instagram 3) que utilicen el hashtag "#Cortoz” y mencionen a Chevrolet con la referencia "@Chevroletarg”, 4) que estén suscriptos al canal de Chevrolet en YouTube (www.youtube.com/user/chevroletargentina) y 5) que no se encuentren excluidos conforme al punto 10 de las presentes Bases y Condiciones (los “Participantes”). Sin perjuicio de ello, la presente campaña y las intervenciones realizadas por los Participantes, conforme se detallará a continuación, podrán ser publicadas y difundidas por el Organizador a través de Instagram, Facebook, Twitter, YouTube y/o cualquier otra red social, así como también en medios radiales, televisivos, vía pública y cualquier otro medio de difusión existente o a crearse en el futuro.
2- La participación en el Concurso implica por sí sola el conocimiento y la aceptación de las Bases y Condiciones. Las Bases y Condiciones podrán ser consultadas (i) en el sitio web del Organizador https://www.chevrolet.com.ar/bases-y-condiciones-concurso-cortoz (ii) en el domicilio del Organizador, (iii) por teléfono al: +54 9 11 41765780 y/o (iv) solicitarlas por correo electrónico a maria.clarisa@gm.com.
3- La participación en la Promoción es sin obligación de compra. Los participantes deberán subir la pieza audiovisual a sus perfiles de Instagram bajo el hashtag #Cortoz y el @Chevroletarg. Cada participante podrá presentar una pieza audiovisual con una duración máxima de 60 segundos, en formato post, reel o IGTV en Instagram, o video (la “Publicación”).
Es requisito ser seguidores de la cuenta de Instagram @ChevroletArg, tener un perfil público en la plataforma, utilizar el hashtag #Cortoz y arrobar a @ChevroletArg en la publicación.
La Publicación deberá abordar el concepto “Lo Mejor de dos mundos” y utilizar la imagen del vehículo Chevrolet Cruze en la pieza, ya sea en fotomontaje, collage, retoque fotográfico, o en post-producción. Los Participantes se comprometen a participar del Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres y el orden público. Las Participantes se comprometen a participar en la Promoción de forma correcta y diligente, así como a abstenerse de realizar hechos ilícitos, prohibidos por las presentes Bases y Condiciones, lesivos de los derechos e intereses de terceros. Cualquier contenido que sea considerado inapropiado por el Organizador, podrá ser denunciado en las respectivas plataformas.
La sola participación en el Concurso implica una declaración de los Participantes de que la Publicación efectuada por ellos, no viola Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual del Organizador ni de terceros. Asimismo, los Participantes autorizan al Organizador a disponer de todo el contenido generado por los Participantes en el marco del Concurso de manera libre, gratuita e indefinida, incluyendo su edición, distribución y promoción en medios de comunicación masiva, a lo que los Participantes prestan expresa conformidad. En consecuencia, no se podrá interpretar que el Organizador resulte deudor de reembolso, indemnización, honorario y/o cualquier otra suma en concepto de compensación que eventualmente le sea reclamada por los Participantes con causa en la generación del contenido que se publique en las redes indicada o medios asociados a este Concurso y/o bajo el Hashtag “#Cortoz”.
4- Los Participantes, con el solo hecho de realizar la Publicación aceptan y autorizan a que los datos proporcionados integren la base de datos de General Motors de Argentina S.R.L. (“GMA”) con domicilio en Av. Del Libertador 101, piso 13°, Vicente López, Buenos Aires. Los mismos serán tratados y protegidos conforme lo autoriza la ley 25.326, con la finalidad de que GMA. pueda cumplir las obligaciones que correspondan en los términos de la garantía sobre los vehículos, medir el grado de satisfacción de los clientes, para fines estadísticos, así como realizar campañas publicitarias y/o de marketing tendientes a mantenerlo actualizado sobre nuevos productos, promociones y/o distintos servicios ofrecidos por GMA, y/o por su Red Oficial de Concesionarios y/o Talleres Oficiales. En este sentido, GMA podrá ceder y/o compartir los datos que usted proporcione con: i) Agencias de Publicidad, y/o eventos y/o promociones y/o cualquier otra acción de marketing por encargo de GMA; ii) Empresas que provean a GMA cualquier tipo de servicios informáticos y/o de archivo de información electrónica y/o física; iii) Empresas que operen su Centro de Atención al Cliente; iv) Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados y/o cualquier otra empresa que ofrezca líneas de crédito o financiación para sus productos; v) General Motors Corporation y empresas relacionadas o vinculadas a GMA; pudiendo dichas empresas localizar la base de datos en Argentina o en terceros países. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3° de la ley 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la ley 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El titular de los datos podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el artículo 27, inciso 3, ley 25.326, mediante carta documento dirigida al Organizador al domicilio de Av. Del Libertador 101, piso 13, Vicente López, Provincia de Buenos Aires.
5- Los Participantes se comprometen, en general, a participar en la Promoción de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público. Las Participantes se comprometen a participar en la Promoción de forma correcta y diligente, así como a abstenerse de realizar hechos ilícitos, prohibidos por las presentes Bases y Condiciones, lesivos de los derechos e intereses de terceros. En particular, y a título meramente indicativo y no exhaustivo, las Participantes se comprometen a no utilizar la información relacionada directamente con la Promoción con la finalidad de almacenar, distribuir, transmitir o difundir mensajes o comunicaciones de cualquier clase cuyo contenido (a) contravenga, menosprecie o atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidas constitucionalmente, en los tratados internacionales y en el resto del ordenamiento jurídico; (b) induzca, incite o promueva actuaciones delictivas, denigratorias, difamatorias, infamantes, violentas o, en general, contrarias a la ley, a la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público; (c) induzca, incite o promueva actuaciones, actitudes o ideas discriminatorias por razón de sexo, raza, religión, creencias, edad o condición; (d) incorpore, ponga a disposición o permita acceder a productos, elementos, mensajes y/o servicio delictivos, violentos, pornográficos, degradantes o, en general, contrarios a la ley, a la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público; (e) induzca o pueda inducir a un estado inaceptable de ansiedad o temor; (f) induzca o pueda inducir a involucrarse en prácticas peligrosas, de riesgo o nocivas para la salud y el equilibrio psíquico; (g) sea falso, ambiguo, inexacto, exagerado o extemporáneo, de forma que puedan inducir a error sobre su objeto o sobre las intenciones o propósitos del comunicante; (h) se encuentre protegido por cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial perteneciente a terceros, sin que los Participantes hayan obtenido previamente de sus titulares la autorización necesaria para llevar a cabo el uso que efectúa o pretende efectuar o que se efectúe; (i) viole los secretos empresariales de terceros; (j) sea contrario al derecho a honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de las personas; (k) infrinja la normativa sobre secreto de las comunicaciones; (l) constituya publicidad ilícita, engañosa o desleal y, en general, constituya competencia desleal; (m) provoque por sus características (tales como formato, extensión, etc.) dificultades en el normal funcionamiento del servidor del Organizador; (o) tenga por fin directo o indirecto publicitar, comercializar, vender, y/o ofrecer cualquier clase de productos o servicios, y/ o persiga cualquier otra actividad que tenga carácter lucrativa para las Participantes.
6- Un jurado de notables compuesto por 3 (tres) integrantes de la agencia creativa del Organizador y 1 (un) integrante del Departamento de Marketing del Organizador (en adelante, el “jurado) seleccionarán a 1(un) ganador/a del Concurso entre los días 13 y 16 de diciembre de 2021 que será acreedor/a del premio detallado en el punto 7) subsiguiente, conforme a los criterios objetivos que se detallarán a continuación:
a) Concepto: Interpretación de la consigna “Lo mejor de dos mundos incluyendo al vehículo Chevrolet Cruze en el video.
b) Creatividad, innovación y originalidad expresadas en los siguientes parámetros:
- Imaginación y originalidad
- Relato claro y comprensible
- Captación y mantenimiento de la atención del espectador.
c) Criterios técnicos: La pieza audiovisual deberá presentar excelentes condiciones de sonido e imagen, con calidad de sonido óptima, planos en foco, musicalización acorde e iluminación adecuada.
7- Esta Promoción contempla un premio (el “Premio) para el Participante ganador del Concurso, consistente en: 1 (un) celular Galaxy S21 Ultra 5G Negra + Funda de silicona para Galaxy S21 Ultra 5G con S Pen Negro + Galaxy Buds Pro Negro. Monto total del programa de premios: $240.000
8- El Organizador no será responsable bajo ninguna circunstancia por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el premio recibido por los Participantes ganadores, ni los que eventualmente se generaran por su participación en el Concurso.
9- El Organizador contactará a los Participantes ganadores a través de un mensaje de Instagram, Facebook y/o Twitter donde le solicitará Nombre Completo, número de DNI y su copia, fecha de nacimiento y número de teléfono para coordinar el retiro del Premio. El lugar de entrega del Premio será en Fitz Roy 1715, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Premio deberá ser retirado el Participante Ganador de lunes a viernes de 10 hs. a 18 hs, previa coordinación con el Organizador.
En caso de que el participante se encuentre fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá coordinar el envío del premio, envío que será gestionado por la empresa Somos Fuega S.R.L.
10- Quedan excluidos de participar en la Promoción todo el personal del Organizador, sus sociedades controlantes y controladas, las agencias de publicidad y promoción del Organizador, y/o de sus sociedades controlantes y controladas y/o que hayan intervenido en la presente Promoción, los proveedores, distribuidores, familiares directos a estas personas hasta el segundo grado de parentesco y/o todas aquellas empresas o personas vinculadas con la organización de esta Promoción y todas aquellas personas menores de 18 años a la fecha de inicio de la Promoción.
11- Bajo ninguna circunstancia el Premio será canjeable por dinero en cualquiera de sus formas, o bienes de otra índole. Asimismo, el Premio no será transferible ni endosable a favor de terceros.
12- El Organizador declara que el presente Concurso no requiere autorización previa y expresa ningún organismo nacional ni provincial que regule juegos de azar en virtud de que no interviene el azar. Los Participantes ganadores serán acreedores de los Premios por mérito propio y conforme a los criterios objetivos de selección detallados en estas Bases y Condiciones.
13- Se deja constancia de que Instagram, Facebook ni Twitter son organizadores ni tienen vinculación alguna con el Concurso.
14- Toda cuestión que en virtud de esta Promoción se genere entre cualquier Participante y el Organizador, se regirá por las leyes de la República Argentina y serán competentes para dirimir cualquier controversia o contienda legal los Tribunales Nacionales Comerciales Ordinarios de la Capital Federal, cualquiera sea la causa de la acción o del reclamo, con renuncia expresa de los participantes de cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.